Jornada Cuantificación del Daño Moral en el Código Civil y Comercial de la Nación

El próximo Jueves 31 de Mayo del corriente a las 16hs, se realizará en la Jornada titulada “Cuantificación del Daño Moral en el Código Civil y Comercial de la Nación” a cargo de los Dres. Fernando Marquez y Leonardo Marcelino.
La actividad es realizada en conjunto por la Sala de Daños, Consumo y Seguros del Colegio de Abogados de Córdoba.
Cupo limitado,
Se otorgarán certificados,
Arancel $250,
El lugar se confirma con el pago del arancel.
Lugar e Inscripciones: Auditorio 1er Piso, Colegio de Abogados de Córdoba.

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PETROCELLI, MARIA SOL C/ RUGANI, CRISTIAN EDUARDO– DAÑOS Y PERJUICIOS (EXPTE. 5746447)

SUMARIO: La resolución de cámara confirma la resolución de primera instancia. En sus fundamentos, la Cámara establece que la fijación de una indemnización a valores actuales sobre la que se aplica un interés puro resulta un parámetro adecuado. En este carril, confirma la decisión del Juez A quo, en cuanto establece la indemnización por daño moral aplicando los intereses moratorios a una tasa “pura” del 6% anual hasta la fecha de la sentencia. Además, manifiesta que la circunstancia de ordenar la reparación a valores actuales no suple ni exime el pago de intereses moratorios que sancionan el retardo en el cumplimiento de la prestación tardía.

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GALLARDO, Nicolás Gabriel c/ MANASERO, María Susana – Ordinario – Daños y Perjuicios – Accidentes de Tránsito

SUMARIO: La resolución de cámara confirma de manera parcial la resolución de primera instancia. En sus fundamentos, la Cámara destacó que el artículo 1746 C.C. y C.N no es de aplicación directa, ya que la ley no establece que el nuevo ordenamiento sustancial influye en lo que hace a la cuantificación del daño. Al respecto indicó que el artículo 7 del C.C. y C.N. resuelve la irretroactividad de las normas y la aplicación de las nuevas leyes a las consecuencias de las relaciones jurídicas existentes, por lo tanto el nuevo ordenamiento sustancial no siempre influye en lo que hace a la cuantificación del daño. El asunto es determinar si el daño, detrimento o lesión resulta una cuestión agotada al momento de entrar en vigencia la nueva legislación y por lo tanto si resulta alcanzable por esta regulación.

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