Jurisprudencia Responsabilidad Civil

V., R. E. c. C., R. D. O. s/ ordinario por daños y perjuicios

SUMARIO: Accidente en ruta en el cuál fallece una persona, el demandado en autos es condenado a pagar una suma de dinero por encontrárselo responsable en sede civil pese a que en sede penal se dictó su sobreseimiento. El caso llega al Superior Tribunal quién señala cuales son los efectos del sobreseimiento en sede penal respecto del juicio civil, así resuelven que el sobreseimiento definitivo dictado en sede penal, no se fundamentó en la falta de autoría ni en la inexistencia del hecho principal, sino que simplemente por el beneficio de la duda no se encontró responsable penalmente del delito a quien fuera inculpado. Ello no puede impedir que se indague en el juicio civil la responsabilidad que le pudiera corresponder. El principio in dubio pro reo resulta hábil para exonerar al acusado de un delito, pero no resulta idóneo para vincular al juez civil, quien sobre la base de otras pautas de convicción, puede examinar los hechos y las pruebas de manera diversa en orden a determinar el nexo de causalidad entre el daño y el hecho ilícito.

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López, Carlos Adrián c. Esperatti, José Oscar y otro s/ Daños y Perjuicios

SUMARIO: En el presente fallo de la provincia de Buenos Aires, auto que circulaba por la derecha es embestido por moto que circulaba por avenida. Entra en debate la prioridad de paso que le asiste a quién circula por derecha, en primera instancia entienden que la prioridad de la asiste al que circula por avenida. En Cámara, los jueces entienden que si bien es la regla la prioridad de paso siempre e inexorablemente de quién transita por la derecha. Empero, en el caso y por sus singularidades, la aplicación de la regla debe ser matizada o atenuada por el principio opuesto, esto es por la convención social, en el marco del diálogo de fuentes que tiene sustento normativo en el Cód. Civil y Comercial. Así se otorga un responsabilidad concurrente en 50% para cada participante. Respecto de la cuantificación el tribunal hace uso de una fórmula matemática en consonancia con el art. 1746 del C.CyC.

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Campos, Fabián Ricardo c. La Nueva Cooperativa de Seguros Limitada y otro s/ daños y perjuicios

SUMARIO: En primera instancia se condena a la compañía de seguros pese a que esta opuso exclusión de cobertura por falta de licencia de conducir. La Cámara mantiene el decisorio ya que entiende que la carencia de licencia para conducir por quien es condenado a resarcir los daños ocasionados por un accidente de tránsito ocurrido por su culpa es una cuestión administrativa de importancia que en determinados casos podrá vinculares con una actitud de infracción reglamentaria, más en modo alguno provocará la exclusión de la cobertura de la compañía aseguradora en los términos del art. 109 de la ley 17.418. Asimismo, que a partir de la sanción de la ley 26.361, modificatoria de la ley 24.240, aquellos supuestos en que los contratos de seguros son obligatorios, las cláusulas de exclusión en ellos previstas resultan no ya inoponibles, sino nulas.

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Barrios, Miguel Angel c/ Holzmann, María Fernanda y otro s/ Daños y Perjuicios

SUMARIO: En el fallo de referencia la demandada interpone recurso de apelación en el entendimiento de que le asistía la prioridad de paso, el Tribunal entiende que esta prioridad no es absoluta al trasponerse una calle de doble mano, esto es así ya que en las encrucijadas de calles doble mano (o avenidas) sin semáforo, resulta difícil sino imposible, definir la derecha o la izquierda para juzgar las prioridades de paso.

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